Desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales las empresas han desarrollado todo tipo de actividades para crear un programa de formación que permita a cada trabajador en su puesto de trabajo conocer los aspectos básicos de salud y seguridad laboral.
El RD 1215/1997 (equipos de trabajo), en su anexo II, art. 2. 1, cita:
La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de estos equipos de trabajo (curso de carretillero).